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Asistencia mesas de estudio y Evaluaciones
EVALUACIONES ORALES
IV CURSO DE FORMACIÓN JUDICIAL INICIAL PARA MAGISTRADOS, MAGISTRADAS, JUECES Y JUEZAS DE LA REPÚBLICA.
PROMOCIÓN 2009
"ACUERDO PEDAGÓGICO
...CAPITULO VI
ASISTENCIA
"Los Acuerdos No. 4132 de 23 de Agosto de 2007 y No. 4528 de Febrero 4 de 2008, por medio del cual la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura convocó a los Concursos de Méritos para los cargos de funcionarios/as de la Rama Judicial, establecen:
"Para aprobar el curso es obligatoria la asistencia de al menos el 80% de las actividades presenciales. La inasistencia, en todo caso, no podrá superar el 20% del total del Curso de formación y deberá estar plenamente justificada mediante carta dirigida a la Dirección de la Escuela Judicial y con el anexo de los documentos auténticos que soporten las razones por las cuales no asistió, según se explica más adelante.
"Así mismo para aprobar el curso debe cumplir todas las cargas académicas y las prácticas programadas; y obtener 800 o más puntos en una escala de 1 a 1000 en cada una de las dos partes de las que se compone el Curso.
"La evaluación podrá realizarse, a juicio del formador/a, en una o dos sesiones; en este último caso una continua a la otra. En las sesiones de evaluación oral se deberá registrar la asistencia al inicio de la primera sesión y una vez presentada la prueba será obligatoria la permanencia de los discentes en el salón donde se lleva a cabo la evaluación. En dicha sesión deberá evaluarse al menos al 50% de los integrantes del grupo, para lo cual el formador/a podrá establecer el orden de presentación de la prueba de manera voluntaria y en el caso de no expresarse dicha voluntad por los y las discentes determinará el orden discrecionalmente; quien habiendo sido llamado/a por el formador/a no esté presente perderá la oportunidad de presentar la prueba. Al inicio de la segunda sesión se registrará la asistencia de quienes no han presentado la prueba y se observará el procedimiento antes indicado.
"La inasistencia a la evaluación, por tratarse de una actividad presencial, se tiene en cuenta para acumular el 20% límite permitido para que no opere la reprobación por inasistencia, siempre que la totalidad de las mismas estén debidamente justificadas." (Acuerdo 5334 de 2008)
Cordial saludo,
Directora