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CONVOCATORIA PARA PARTICIPAR EN PROCESO DE SELECCIÓN DE UN JUEZ O MAGISTRADO DE FAMILIA DENOMINADO "JUEZ DE ENLACE PARA COLOMBIA" EN DESARROLLO DEL CONVENIO DE LA HAYA DE 1980
ACUERDO No. PSAA11-7682 DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
En cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Acuerdo No. PSAA11-7682 del 19 de enero de 2011, nos permitimos convocarlos para participar en el proceso de selección de un Juez o Magistrado de la especialidad de familia, quien actuará como "Juez de Enlace para Colombia" en desarrollo del Convenio de La Haya de 1980, sobre aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, quien además participará como integrante de la Red Internacional de Jueces de La Haya.
Los candidatos serán preseleccionados por el Consejo Superior de la Judicatura, previa convocatoria por parte de la Escuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla” y la elección la realizará la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia.
- CRITERIOS DE SELECCIÓN
Para la selección del Juez de Enlace, se tendrá en cuenta los siguientes criterios:
- La vinculación al cargo como funcionario judicial de carrera.
- Tener calificación superior a 80 puntos.
- No tener antecedentes ni sanciones disciplinarias vigentes, ni anotaciones por vigilancia judicial.
- Tener su despacho al día y una carga laboral que le permita asumir funciones administrativas adicionales.
- Voluntariedad del servidor judicial para pertenecer a la Red Internacional de Jueces de La Haya.
- Tener amplio conocimiento en materia de protección internacional de niños (as).
- Conocimiento y manejo del Convenio de La Haya 1980, en el tema relacionado con la Sustracción Internacional de Menores.
- Haber tenido conocimiento y decidido procesos relacionados con la Sustracción Internacional de Menores.
- PERIODO
El Juez o Magistrado seleccionado además de sus funciones jurisdiccionales, cumplirá las funciones administrativas asignadas, por el término de dos (2) años, contados a partir del momento en que, por escrito, acepte la designación. Sin embargo, el juez o magistrado, podrá ser reelegido por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, previo concepto del Consejo Superior de la Judicatura, por un término igual.
- FUNCIONES ADMINISTRATIVAS
Según el Convenio de La Haya, las funciones de los miembros de la Red Internacional de Jueces de la Haya, serán las siguientes:
- Actuar como canal de comunicación y enlace con sus Autoridades Centrales Nacionales, con otros Jueces y Magistrados dentro de sus propias jurisdicciones y con jueces y magistrados de los otros Estados Contratantes con relación, al menos en principio, a cuestiones relevantes para el Convenio.
- Será responsable de compilar y distribuir información y noticias respecto del cumplimiento de los compromisos internacionales, la implementación, doctrina y jurisprudencia de los diferentes países.
- c) Asesorar internamente a sus pares sobre legislación y compromisos internacionales en materia de niños y niñas.
- Contribuir con la experiencia obtenida en su nuevo rol, para fortalecer los Programas de Formación Judicial Especializada en el área de Familia, aportando a la Escuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla” la compilación de la documentación adquirida en el ejercicio de sus nuevas funciones administrativas.
- INFORMES
Con el fin que el Consejo Superior de la Judicatura efectúe seguimiento a la gestión administrativa realizada por el juez o magistrado de Enlace para Colombia en desarrollo del Convenio de La Haya de 1980, el funcionario designado deberá rendir los siguientes informes:
- Reportar mensualmente a la Unidad de Desarrollo y Análisis Estadístico -UDAE- las actividades realizadas en el marco de sus nuevas funciones administrativas.
- Presentar un informe al final de cada anualidad a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema con copia a la UDAE y a la Escuela Judicial.
- INSCRIPCIONES:
Los funcionarios judiciales interesados en participar de esta convocatoria deberán diligenciar el siguiente formulario web, como máximo hasta el día 28 de febrero del presente año:
Se debe adjuntar los siguientes documentos en formato PDF, y de acuerdo con las especificaciones que aquí se relacionan:
- Copia de la cédula de ciudadanía (un único archivo con ambas caras del documento). El archivo debe llamarse “CÉDULA”.
- Certificado laboral en la que se constate la vinculación en propiedad en la Rama Judicial. (Expedición no superior a 30 días). El archivo debe llamarse “LABORAL”.
- Última calificación integral de servicios (calificación superior a 80 puntos). El archivo debe llamarse “CALIFICACION”.
- Constancia de disponibilidad y voluntariedad (manifestación voluntaria de tener despacho judicial al día, carga laboral que le permita asumir funciones administrativas adicionales y la voluntariedad para pertenecer a la Red Internacional de Jueces de la Haya). El archivo debe llamarse “DISPONIBILIDAD”.
- Constancia de conocimiento en la materia (manifestación voluntaria de amplio conocimiento en materia de Protección Internacional de Niños, conocimiento y manejo del Convenio de La Haya 1980 en el tema relacionado con la sustracción internacional de menores y haber tenido conocimiento y decidido procesos relacionados con la sustracción internacional de menores – se deben relacionar los radicados). El archivo debe llamarse “CONOCIMIENTO”.
- Certificado de antecedentes disciplinarios de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial y de la Procuraduría General de la Nación. (Expedición no superior a 30 días). Los certificados deben aportarse en un solo documento PDF, y denominarse “DISCIPLINARIO”.
NOTA 1: El candidato deberá aportar la documentación según las especificaciones anteriormente descritas, incluyendo la correcta denominación de los archivos que dan cuenta del cumplimiento de los requisitos.
NOTA 2: No se tendrán en cuenta las inscripciones de funcionarios que se reciban extemporáneamente, que no adjunten la totalidad de los documentos requeridos ni aquellas enviadas por un medio diferente al referido.
Para información adicional podrán contactar al profesional Héctor Tovar Buendía, a través del correo htovarb@cendoj.ramajudicial.gov.co indicando en el asunto “JUEZ DE ENLACE PARA COLOMBIA”
Los invitamos a participar consultando la Circular EJC23-2.
Cordialmente,
MARY LUCERO NOVOA MORENO
Directora
Escuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla”
Unidad del Consejo Superior de la Judicatura