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AUTO 400 DE 2023 – CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA
El Consejo Superior de la Judicatura, a través de la Escuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla”, efectúa la difusión del Auto 400 de la Corte Constitucional, fechado el veintidós de marzo de 2023, en cumplimento del ordinal cuarto de dicha providencia.
El Auto 400 de 2023, expediente ICC- 4343, versa sobre el conflicto de competencias en materia de acción de tutela suscitado entre el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Turbo (Antioquia) y el Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad, como consecuencia de la disyuntiva frente a si las plataformas digitales, como YouTube, deben catalogarse como un medio de comunicación o bien como un intermediario de internet.
La acción de tutela se dirige en contra la red social Youtube, que cerró el canal del accionante por, supuestamente, incumplir las reglas comunitarias; el actor acudió al medio de amparo con el fin de que se ordenara a la red social restablecer el funcionamiento de su canal. Inicialmente, la acción se presentó ante el juzgado municipal, sin embargo, ese despacho judicial estimó que la primera instancia correspondía a un juez de circuito, por tratarse de una acción en contra de un medio de comunicación. A su vez, el juez de circuito concluyó que la acción de tutela era competencia del juez municipal por cuanto la accionada debe considerarse como un intermediario de internet.
El Auto reviste especial importancia en la medida que la Corporación reiteró que, para determinar el factor subjetivo “las plataformas digitales como YouTube son intermediarios de internet, y por ello no resulta aplicable la norma del inciso tercero del artículo 37 del Decreto 2591 de 1991, para asignar la competencia judicial”, como ya lo había señalado con antelación y de acuerdo con el precedente fijado en el Auto 220 de 2022 (MP Dra. Cristina Pardo Schlesinger).
La Corporación también refiere, en esta oportunidad, al factor territorial reiterando que “son competentes “a prevención” los jueces con jurisdicción en el lugar donde: (a) ocurre la vulneración o la amenaza que motiva la presentación de la solicitud, o (b) donde se produzcan sus efectos.” (Auto 493 de 2017. MP Dr. Luis Guillermo Guerrero Pérez).
Finalmente, la Sala Plena resuelve dejar sin efectos el auto proferido el 16 de enero de 2023 por el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Turbo, remitir el expediente ICC-4343 a este último despacho judicial para que adopte la decisión de fondo a que haya lugar, comunicar lo propio a las partes y al Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito de Turbo, y comunicar la providencia a la Escuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla” y a la Relatoría del Consejo Superior de la Judicatura para proceder con su difusión.
La Escuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla” invita a la comunidad judicial del país a consultar este Auto de la Corte Constitucional, con el fin de conocer, apropiar y aplicar la regla jurisprudencial allí contenida, relacionada con el conflicto de competencias en materia de acción de tutela.
Consulte el Auto 400 de 2023 AQUÍ
MARY LUCERO NOVOA MORENO
Directora
Escuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla”
Unidad del Consejo Superior de la Judicatura