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Asistencia mesas de estudio y Evaluaciones

 
AVISO ASISTENCIA MESAS DE ESTUDIO Y 
EVALUACIONES ORALES

IV CURSO DE FORMACIÓN JUDICIAL INICIAL PARA MAGISTRADOS, MAGISTRADAS, JUECES Y JUEZAS DE LA REPÚBLICA. 
PROMOCIÓN 2009

 

La Escuela Judicial "Rodrigo Lara Bonilla" se permite recordar que el Capítulos VI del Acuerdo Pedagógico establecido mediante los Acuerdos 5334 y 5393 de 2008, como parte de las estrategias de aprendizaje, consagra dentro de los deberes de los discentes asistir a todas las actividades presenciales programadas en el curso, incluyendo las sesiones de evaluación como actividad permanente y continua que busca la calidad y la excelencia cuya observación posibilita reforzar y retroalimentar los conceptos teóricos y prácticos que permiten identificar las características conceptuales y formales de la práctica judicial, desarrollando la capacidad para analizar las ideas y conceptos con el debido rigor científico y/o crítico, el respeto a la verdad, la transparencia y la independencia y, de otra parte, fortalecer las habilidades y técnicas de oralidad requeridas para el ejercicio de la función judicial.
 

"ACUERDO PEDAGÓGICO
...CAPITULO VI

ASISTENCIA

"Los Acuerdos No. 4132 de 23 de Agosto de 2007 y No. 4528 de Febrero 4 de 2008,  por medio del cual la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura convocó a los Concursos de Méritos para los cargos de funcionarios/as de la Rama Judicial, establecen:

"Para aprobar el curso es obligatoria la asistencia de al menos el 80% de las actividades presenciales.  La inasistencia, en todo caso, no podrá superar el 20% del total del Curso de formación y deberá estar plenamente justificada mediante carta dirigida a la Dirección de la Escuela Judicial y con el anexo de los documentos auténticos que soporten las razones por las cuales no asistió, según se explica más adelante. 

"Así mismo para aprobar el curso debe cumplir todas las cargas académicas y las prácticas programadas; y obtener 800 o más puntos en una escala de 1 a 1000 en cada una de las dos partes de las que se compone el Curso.

"De acuerdo con lo anterior, es OBLIGATORIA LA ASISTENCIA A TODAS LAS ACTIVIDADES PRESENCIALES DEL CURSO DE FORMACIÓN programadas por la Escuela Judicial so pena de no aprobarlo. Se exceptúan los casos de fuerza mayor siempre que concurran las siguientes condiciones: (a) que se presente la justificación en la forma y términos previstos en el presente acuerdo y en forma oportuna; (b) que se hayan aceptado las justificaciones para todas las inasistencias, y (c) que no existiendo inasistencias injustificadas, la suma de las inasistencias debidamente justificadas no superen el 20% de todas las actividades presenciales del curso.

  

"Es responsabilidad de cada discente registrar su asistencia ante el coordinador/a académico/a de la manera prevista en el instructivo de Registro Académico, de manera digital o en los formatos establecidos al efecto, los cuales estarán disponibles 15 minutos antes y 15 minutos después del inicio de las jornadas de la mañana y de la tarde (7:45 a.m. a 8:15 a.m. y 1:45 p.m. a 2:15 p.m.); así mismo, deberá registrar su salida al finalizar dichas jornadas (12:15 p.m. y 6:15 p.m.).

"La evaluación podrá realizarse, a juicio del formador/a, en una o dos sesiones; en este último caso una continua a la otra. En las sesiones de evaluación oral se deberá registrar la asistencia al inicio de la primera sesión y una vez presentada la prueba será obligatoria la permanencia de los discentes en el salón donde se lleva a cabo la evaluación. En dicha sesión deberá evaluarse al menos al 50% de los integrantes del grupo, para lo cual el formador/a podrá establecer el orden de presentación de la prueba de manera voluntaria y en el caso de no expresarse dicha voluntad por los y las  discentes determinará el orden discrecionalmente; quien habiendo sido llamado/a por el formador/a no esté presente perderá la oportunidad de presentar la prueba. Al inicio de la segunda sesión se registrará la asistencia de quienes no han presentado la prueba y se observará el procedimiento antes indicado.

"La inasistencia a la evaluación, por tratarse de una actividad presencial, se tiene en cuenta para acumular el 20% límite permitido para que no opere la reprobación por inasistencia, siempre que la totalidad de las mismas estén debidamente justificadas." (Acuerdo 5334 de 2008)

Cordial saludo,

 

GLADYS VIRGINIA GUEVARA PUENTES

Directora