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Decisión importante en materia de conflictos de competencia en tutela
La Presidencia del Consejo Superior de la Judicatura mediante Circular PCSJC24-49 invita a todos los servidores de la Rama Judicial a consultar y tener presente en el ejercicio de la administración de justicia el Auto 1675 de 2024 (Link: https://actosadministrativos.ramajudicial.gov.co/GetFile.ashx?url=%7E%2FApp_Data%2FUpload%2FANEXO+1+CIRCULAR+PCSJC24-49.pdf), emitido por la Corte Constitucional.
En esta decisión, la Corte Constitucional se pronunció sobre las reglas de reparto para el conocimiento de acciones de tutela, que los jueces investidos con tal competencia deben seguir a fin de evitar conflictos aparentes de competencia.
Puntualmente destacó que:
Reglas de reparto. La Corte Constitucional ha establecido que el Decreto 333 de 2021, que modificó el Decreto 1069 de 2015, no define reglas de competencia, sino pautas de reparto para las acciones de tutela. Por tanto, las autoridades judiciales no pueden utilizar este decreto para declarar su falta de competencia pues, al hacerlo, generarían un conflicto meramente aparente. En su lugar, deben tramitar la acción o decidir la impugnación según el caso. Si se suscita un aparente conflicto entre autoridades por este motivo, se remitirá el asunto a la autoridad a la que se le repartió primero, con el fin de que la acción sea decidida inmediatamente.
De igual modo puede consultar la circular que informa de la importancia de tal decisión en el siguiente enlace:
Cordialmente,
GLORIA ANDREA MAHECHA SÁNCHEZ
Directora
Escuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla”
Unidad del Consejo Superior de la Judicatura